El Gobierno endurece políticas migratorias: cambios de la REFORMA MIGRATORIA #DeAcáEnMás

De Acá En Más - 30/5/2025 - Duracion: 8:26

Transcripción

00:00:00Para esto, bueno, vamos a charlar un
00:00:02poquito acerca de las nuevas
00:00:04eh eh normativas en materia migratoria.
00:00:08El gobierno hizo el anuncio, no queda
00:00:10realmente claro si hay grandes cambios
00:00:12respecto de la ley vigente. Diego
00:00:14Morales es director de litigio y defensa
00:00:15legal del Centro de Estudios Legales y
00:00:17Sociales. ¿Qué tal, Diego? Buen día.
00:00:20¿Qué tal? Buen día. ¿Cómo les va? Bien.
00:00:22¿Qué cambió eh con con relación a las a
00:00:25las medidas que anunció el gobierno?
00:00:27dijo Patricia Burrich ayer, "Queremos
00:00:28que venga gente a aportar, no que vengan
00:00:31delincuentes."
00:00:34Bueno, con relación a la cuestión
00:00:36migratoria en sí, no cambiaron muchas
00:00:39cosas. Ahí podemos conversar la
00:00:42estructura de la ley se mantiene. Lo que
00:00:45sí hay cambios muy significativos con
00:00:48relación al acceso al derecho a la salud
00:00:51y al derecho a la educación. Ahí sí hay
00:00:53una marca sumamente importante, una
00:00:56distinción con lo que teníamos hasta
00:00:58ahora. A ver, en materia tanto de salud
00:01:02como en materia de educación, la clave
00:01:06de acceso al a los sistemas con relación
00:01:09a personas extranjeras tenía que ver con
00:01:12la regularización de la persona. Si una
00:01:15persona llegaba a Argentina y tenía una
00:01:17situación migratoria regular que le
00:01:21permitiera estudiar, que le permitiera
00:01:23quedarse en Argentina, no había ningún
00:01:26problema con el acceso a esos derechos,
00:01:29tanto la educación como la salud, en
00:01:31todos los niveles, también en materia de
00:01:34salud, en materia de educación. Lo que
00:01:36hace esta modificación dice que
00:01:38exclusivamente va a tener acceso a la
00:01:41salud y acceso a la educación en los
00:01:44mismos términos que tenemos aquellas
00:01:46personas que nacimos en Argentina,
00:01:48aquellos que tengan una residencia
00:01:51permanente, que es como la, si se
00:01:53quiere, por usar algunos términos más
00:01:56coloquiales, la mejor categoría que
00:01:59ofrece la legislación argentina para un
00:02:02migrante. La residencia permanente. Yo
00:02:05como nací después me nacionalicé, pero
00:02:07durante muchos años fui residente
00:02:09permanente, con lo cual y ahí no hay
00:02:11distinción porque de hecho nuestra
00:02:12Constitución habla de ciudadanos nacidos
00:02:15y residentes, con lo cual teniendo la
00:02:17residencia permanente, salvo votar a
00:02:19presidente, tenés los mismos derechos
00:02:21que cualquier otro ciudadano.
00:02:23Exacto. No puedes votar en las en las
00:02:26votaciones federales, pero después eh
00:02:29las distintas normas provinciales
00:02:31habilitan incluso también a cualquier
00:02:33tipo de residente. Claro, cuando se
00:02:34habla de residente se habla de aquel que
00:02:37vive en Argentina. Después las leyes
00:02:39migratorias lo que introdujeron son las
00:02:41distintas categorías migratorias. Y de
00:02:44hecho, hasta ahora lo que establecía es
00:02:47que toda aquella persona que tuviese una
00:02:50condición migratoria regular podía
00:02:52acceder a derecho.
00:02:54Si ves la legislación en materia de
00:02:56educación o las distintas normas en
00:02:59materia de salud, lo que vas a encontrar
00:03:01es que la situación migratoria
00:03:04irregular, incluso aquellas personas que
00:03:07no tienen una situación migratoria
00:03:08regular, tenían acceso a derechos, como
00:03:12no se podía basar la irregularidad
00:03:14migratoria como una justificación para
00:03:16negar el derecho. Pero más allá de eso,
00:03:18lo que establecían las normas es que la
00:03:21regularidad migratoria era una condición
00:03:23para el acceso a esos derechos. Ahora lo
00:03:26que establece es una distinción, ¿no?
00:03:28Sí, una distinción. A ver, estamos
00:03:29charlando con Diego Morales, que es
00:03:30abogado especializado en estos temas. Si
00:03:32vos sos un migrante que no tiene todavía
00:03:34la residencia permanente, ¿no? Tus hijos
00:03:37pueden ir al colegio, eso no es un
00:03:40problema hasta el secundario, pero no
00:03:43podrías eventualmente acudir al hospital
00:03:45público a tratarte si no tenés una
00:03:47residencia permanente o sí. Exacto. Eso
00:03:51es lo que cambia. o podés acceder al
00:03:54sistema de salud o al sistema de
00:03:56educación, pero no en las condiciones
00:03:58que accedemos eh aquellas personas que
00:04:01nacimos en Argentina. Vamos a tener que
00:04:02pagar. Eso es lo que dice la nueva
00:04:05norma. Bueno, educación universitaria,
00:04:07¿no? Porque los hijos, los migrantes,
00:04:09hasta el secundario no hace falta tener
00:04:11los papeles de residente permanente si
00:04:13naciste en el extranjero.
00:04:17Exacto. La ley decía educación inicial,
00:04:19secundaria, terciaria y universitaria.
00:04:22Estos dos últimos tercieros
00:04:23universitarios fueron eliminados de la
00:04:26ley de migraciones y también de la ley
00:04:28nacional de educación. Ahora, eso supone
00:04:30que los hospitales deberían cobrar eso,
00:04:32¿no? Digo, hoy en día no existe la
00:04:34modalidad que el hospital viene y te
00:04:36pide el documento para saber si tenés
00:04:38residencia permanente. Porque en todo
00:04:39caso deberían decir, si viene un
00:04:41extranjero que no tiene la residencia
00:04:43permanente, ¿cómo hace un hospital para
00:04:45cobrarle? Y a los hijos también le
00:04:47cobra.
00:04:49Bueno, exacto. Ese ese es el el gran
00:04:51tema que introduce esta reforma
00:04:55migratoria. E los hospitales tienen
00:04:57algunos sistemas de compensación con
00:04:59obras sociales, con empresas de medicina
00:05:01prepaga, pero nunca dirigida
00:05:03directamente al público y mucho menos
00:05:06que esa cuestión del no pago signifique
00:05:08la no atención, ¿no? Lo que establece eh
00:05:11la reforma migratoria ahora es eso, ¿no?
00:05:14Es que no van a poder tener acceso a
00:05:17derechos. salvo en cuestiones de
00:05:18emergencia, ¿no? Dice la ley, bueno, en
00:05:20cuestiones de emergencia no importa la
00:05:22situación migratoria, pero con relación
00:05:25a aquellos tratamientos, por ejemplo,
00:05:27usuarios del sistema de salud mental que
00:05:30tienen que usar hospitales nacionales
00:05:31como el Bonaparte o el acceso a
00:05:34tratamientos como VIH, bueno, son temas
00:05:37que empiezan a ser delicados. ¿Por qué?
00:05:40Porque la residencia permanente es es un
00:05:43supuesto muy específico para aquellas
00:05:46personas que ya están en Argentina. Sí,
00:05:48es un trámite largo, tiene distintos
00:05:50momentos. Ahora está más largo, a veces
00:05:52depende de los momentos. Yo digo, yo
00:05:53conozco porque tengo una familia
00:05:55bastante mezclada de nacionalidades,
00:05:56pero entonces eh claro, ahora está más
00:05:59lento, entonces por ahí tardas mínimo un
00:06:01año, 2 años, depende. Hay maneras, si
00:06:03tenés madre o padre Argentina es un
00:06:05trámite mucho más rápido porque es vía
00:06:07Renaper, pero si no tenés algún
00:06:09progenitor nacido en Argentina, es un
00:06:11trámite por ahí. migrante venezolano
00:06:13puede tardar ahora uno o 2 años en
00:06:15conseguir una residencia permanente o
00:06:17tres
00:06:19durante ese periodo, el migrante
00:06:21venezolano, para poner un ejemplo
00:06:23cualquiera, digamos, ¿no? Pero bueno, eh
00:06:24eh no podría eventualmente tratarse en
00:06:27el sistema público salud. Sus hijos
00:06:28podrían ir al colegio, pero no podría ni
00:06:31estudiar en la Universidad de Buenos
00:06:32Aires o una universidad pública, ni
00:06:34tratarse en el sistema de salud público
00:06:36sin pagar. Exacto. Tendrían que pagar.
00:06:40Ese ese sería el gran cambio que en la
00:06:43unidad o en la lógica de la atención de
00:06:46salud y la atención de educación es una
00:06:49novedad para Argentina, lamentablemente,
00:06:51porque el sistema se apoya en la idea de
00:06:54la gratuidad, ¿no? Entonces, como decís
00:06:56vos, bueno, se va a pensar un sistema
00:06:58específico de pagos a extranjeros, ¿no?
00:07:01Y entonces ahí empiezan como
00:07:03situaciones. Es como en Estados Unidos
00:07:05que vas primero llegar, no importa en
00:07:07qué estado llegues a atenderte
00:07:08médicamente, primero pasar por una
00:07:10ventanilla y entregar los papeles. Si
00:07:12tenés cobertura te atienden. Eh, Exacto.
00:07:15Es es una lógica muy distinta, muy
00:07:17distinta. Empezas en administración,
00:07:19¿no? En el en el lugar de atención
00:07:22médica. Eh, cambia muchísimo. Bueno,
00:07:24Diego Morales, director de litigio. Esto
00:07:25ya rigen teoría, los hospitales tienen
00:07:28que aplicarlo.
00:07:30Sí, exacto. Los hospitales tienen que
00:07:32aplicarlo. Los hospitales nacionales.
00:07:34Ahora hay que ver qué va a pasar con
00:07:36aquellos hospitales provinciales, porque
00:07:38hay muchas provinciales. Fernández, por
00:07:40ejemplo, que depende de la ciudad de
00:07:41Buenos Aires, lo tiene que aplicar la
00:07:42ciudad.
00:07:44lo tiene que aplicar la ciudad que ya
00:07:45tiene una norma, hace unas semanas tiene
00:07:48una norma que dice, bueno, aquellas
00:07:49personas extranjeras que no tengan
00:07:51residencia permanente eh, tienen que
00:07:54pagar ese ese sistema. Entonces ahí,
00:07:57viste, va a haber analizar eh unidad por
00:08:00unidad. Lo mismo pasa con las
00:08:02universidades. La cuestión es que cada
00:08:04universidad va a tener que implementar
00:08:06un sistema, va a tener que para
00:08:07aplicarlo. Correcto. Bien. Diego
00:08:09Morales, director de Litigio y Defensa
00:08:11del Centro de Estudios Legales y
00:08:12Sociales. Gracias, Diego, que tengas
00:08:13buen día. Sigamos en contacto. Gracias.
00:08:16Hasta luego. 5 minutos para las 7 de la
00:08:18mañana.
00:08:21Le agradecemos a Sparkling el agua
00:08:23premium que nos acompaña